Existen nuevos modelos de familia, de convivencia, y esto obliga a replantear el abordaje jurídico e institucional. El Dr. Fernando Millán, quien trabajó en la reforma del Código Civil Nacional, plantea que a un año de su implementación existe la necesidad de modificar algunos aspectos.
En el marco de las entrevistas propuestas por nuestro medio, convocamos al Dr. Fernando Millán, jurista que ha participado en la redacción del nuevo Código Civil pero que también está tomando parte de Congresos y debates que plantean ya reformas a dicho Código que lleva recién un año de implementación.
El letrado rauchense describe “Asistimos a un momento donde ya los modelos familiares han cambiado. Han variado notablemente. Partimos de la base de una familia matrimonial, donde estaban padre, madre e hijos. Los roles estaban bien marcados al igual que las finalidades. Este modelo, con algunas modificaciones, subsistió con el último Código Civil unos 150 años. Hoy vivimos otro momento donde parece que este modelo se ha desdibujado y se han incorporado nuevas formas de familia. Lo que garantiza el artículo 14 de la Constitución es el modelo familiar. Es una forma de familia, pero no establece cual. La protección de la Legislación es sobre la familia, pero no impone un modelo familiar, justamente por esta diversidad que tenemos. Hoy el paradigma de la familia ha cambiado, y eso ha generado nuevas incorporaciones. Tenemos un nuevo Código Civil que tiene apenas un año, y en este se reflejan nuevas formas para establecer lazos familiares, mas alla de que es más sencillo entrar y salir en el matrimonio. El divorcio es mucho más sencillo. Adquirir actitud nupcial, casarse nuevas veces es más dinámico. Hoy no pensamos en un matrimonio para toda la vida. Esto es mucho más rápido. Cuando la modificación del paradigma llega a la legislación, libera el tema. El Código actual marca uniones convivenciales, parejas ensambladas, con la relación de nuevos hijos con hijos de familias existentes en una misma vivienda. Se crean figuras como el “Progenitor afín” que genera un vínculo jurídico con una persona y el hijo de la pareja de otra persona, que no necesariamente es el hijo de él, lo que vulgarmente conocemos como “Padre del corazón. Se incorporó en el 2010 a matrimonio de personas del mismo sexo.”
Pero aclara “No todas las uniones tienen la misma protección. Se ha registrado una apertura, pero todavía estamos un poco lejos de ciertas cosas. El concubinato hoy está legislado pero no tiene los mismos derechos que un matrimonio. De hecho, los cónyuges se heredan, los concubinos no. Se establecen nuevas formas de familia. No creo que tarde mucho tiempo en equipararse algunos derechos. Se legisla de manera distinta figuras que son distintas pero tienen cierta similitud”
Millán propone “Si comparamos uniones convivenciales de matrimonio, los cónyuges establece un sistema rígido donde se establecen los bienes que pertenecen al patrimonio y cómo se divide. Con respecto a los concubinos, se puede establecer el patrimonio, pero rige más la voluntad de cada uno de los convivientes. Los cónyuges no pueden decidir cómo dividir los bienes. Eso lo establece la ley.”
“También la cuestión patrimonial en un registro sucesorio.” agrega “Las uniones convivenciales no se heredan patrimonialmente, y el cónyuge sí. Alguien que pasó 20 años en un aparente matrimonio, al fallecer esta persona no hereda nada. En Junín, hace 20 días, participé de las últimas Jornadas Bonaerenses de Derecho Civil y justamente el eje principal fue éste. El Derecho Hereditario a los convivencias. Una cosa es ver qué se otorga, y otro ver en qué orden se otorga. Es una cuestión más técnica, pero vemos que hay una apertura en una doctrina y se trabaja en pos de una reforma en la legislación”
Ante las situaciones por Impedimento de Contacto, así también en los de Violencia de género, hay una crítica común respecto a la demora de la Justicia “En los casos de violencia es otra de las grandes problemáticas que tenemos en la comunidad, lo vemos en las marchas de “Ni una menos”. Los índices de violencia son altísimos en nuestro país. Es un problema que tenemos y tenemos que resolver. Hoy se visualizan más, en cuanto a que el acceso a la Justicia para quien es víctima de violencia es mucho más sencillo. Elena Highton de Nolasco, nuestra Ministra de la Corte Suprema que ha implementado una Oficina de Violencia Doméstica y ha creado Centros con sus derechos dice “Es bueno que hayan aumentado los índices de violencia, no por que haya más violencia sino porque se visibilizan porque llegan más a la Justicia estos casos. Antes estaban callados.” Esto hace que tengamos también un aparato judicial que sepa trabajar estas problemáticas. Observo que en la práctica detrás de la denuncia se esconden otras situaciones como un desalojo, apartar a alguno de un inmueble, una cuestión de alimentos, realizar el viaje con algún chico. Este tema hay que trabajarlo bien. El Código Civil establece ahora pautas en cuanto al abordaje desde lo procesal. Fija muchas pautas procesales, y entre ellas el abordaje interdisciplinario para estas problemáticas. Es necesario asistir a las víctimas de violencia y se toman medidas como prohibición de acercamiento y demás. Son siempre limitadas en el tiempo y se trabaja en lo preventivo. Muchas veces, el juez no es prudente al momento de evaluar contra quién fija el impedimiento y lo hace extensivo a los niños, y es difícil cuando pasan 6 o 9 meses cuando uno no ve a un chico. Necesitamos normas claras para ver el abordaje de los procesos de violencia. Hoy se desdibujan los límites. Cuesta encontrar un punto correcto en el cual sancionar. Los jueces civiles no están tan desarrollados para sancionar. En la Justicia Penal sí están mas acostumbrados. El abordaje de la violencia deberíamos aplicarlo de manera integral, desde la prevención, desde la Justicia hay que ser prudente y trabajar con equipos interdisciplinarios, trabajar más con los casos. Si hay una violencia muy marcada, aunque haya una prohibición de acercamiento, el violento lleva adelante su cometido de cualquier manera. La Justicia no sabe hasta dónde puede solucionar este tema. Se tapan los Juzgados de Familia con causas de Violencia. Habría que crear un fuero aparte o una secretaría en cada juzgado que trate este tipo de casos.”
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