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Mostrando entradas de julio, 2011

Una particular historia de amor: del hospital psiquiátrico al altar

Consiguieron  que se levante una declaración de insania y se casaron. Estuvieron internados en el hospital neuropsiquiátrico de Melchor Romero y seconocieron cuando ingresaron al servicio de externación. Se enamoraron y se fueron a vivir juntos. Se querían casar, pero una declaración de insanía se los impedía. Después de mucho trabajo, el equipo terapéutico de la Casa de Pre Alta lo consiguió: Marta y Oscar se casaron hoy en el Registro Civil de 6 entre 42 y 43.

La sociedad que pudo ser más igualitaria

Un año alcanzó para que alrededor de 3000 parejas de personas del mismo sexo, que antes lo tenían vedado, pudieran convertirse en matrimonios con todas las de la ley. Desde su promulgación hasta ahora, el matrimonio igualitario sancionado en la madrugada helada del 15 de julio del año pasado fue usado en todas las provincias del país, sin excepción. Las organizaciones de la diversidad sexual estiman que, en su gran mayoría (el 60 por ciento), las parejas que eligieron formalizar sus relaciones estuvieron constituidas por varones. Además, registros informales llevados adelante por ONG del colectivo LGBT llevan registradas poco menos de 200 familias comaternales, con hijos e hijas, en toda Argentina. A pesar de lo amenazantes que fueron las posiciones contrarias a la nueva definición del matrimonio civil durante el debate, la aplicación de la ley no debió sortear escollos en la práctica. La igualdad de derechos en el Registro Civil es una realidad que cumple sus doce primeros meses.

Régimen de interdicción e inhabilitación a la luz de la nueva Ley de Salud Mental

Autor: Finocchio, Carolina L. - Millán, Fernando Fecha: 13-jul-2011 Cita: MJ-DOC-5431-AR | MJD5431 Producto: MJ,SYD Sumario: I. Introducción. El espíritu de la ley. II. Nueva interdicción e inhabilitación. III. Criterios para su declaración. IV. Criterios de internación. V. El límite temporal. Efectos. VI. Conclusiones.

CRONICA DE UNA INCONSTITUCIONALIDAD ANUNCIADA. PREFERENCIA DEL APELLIDO EN LA LEY 26.618

Por Fernando Millán 30-jun-2011  |    Doctrina    |   Millán, Fernando    |   MJ-DOC-5415-AR    |   MJD5415 SUMARIO: 1. Introducción. Certezas que continúan vigentes. 2. Modificación de la ley del nombre introducidas por la ley 26.618. 3. Hechos del fallo. 4. Solución aportada por el art. 5 de la ley 18.248. Análisis de la norma. 5. Inconstitucionalidad. Un final previsible 6. Palabras de cierre.