Ir al contenido principal

Rosario: la Justicia ordenó que un niño lleve primero el apellido materno

El chico nació de una relación extramatrimonial y su padre lo reconoció tras un examen de ADN. Ahora un tribunal establece que sería discriminador poner el apellido paterno antes que el de la madre.

La justicia rosarina dispuso que un niño de cuatro años mantenga el apellido de su madre en primer lugar y luego el de su padre, que lo reconoció tras una examen de ADN que exigió la mujer, informaron hoy fuentes judiciales.

Se trata de un fallo del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de Rosario, en un caso de un nene nacido de una relación extramatrimonial, que en primera instancia no fue reconocido por su padre.

"No hay antecedentes de que a un niño de tan corta edad se le autorice a mantener en primer lugar el apellido materno y en segundo lugar el del padre", sostuvo la abogada Marisa Malvestiti, patrocinante de la mujer.

El artículo 5° de la ley 18.248, comúnmente conocida como ley de nombres, establece que si un hijo "es reconocido por ambos, sea simultánea o sucesivamente, adquiere el apellido del padre".

Sin embargo, el fallo declaró inconstitucional ese párrafo en cuestión, sancionado en 1968. Según Malvestiti, "a la luz de la reforma constitucional de 1994 y la incorporación de tratados internacionales" la norma "deviene discriminatoria y arbitraria, porque viola la Convención de los Derechos del Niño y la convención que prohíbe toda forma de discriminación contra la mujer".

La abogada explicó que el padre del niño no quiso reconocerlo por tener dudas sobre su paternidad por lo que las partes convinieron realizar un estudio de ADN en un laboratorio privado, que arrojó que el hombre es "en un 99,99 por ciento" el padre biológico.

Luego, siguió la abogada en declaraciones a LT3 de Rosario, "quiso oponerse a que llevara primero el apellido de la mamá", lo que originó la causa en cuestión. "El niño va al jardín, va a natación, realiza muchas actividades fuera de su ámbito familiar y es llamado por su nombre de pila y el apellido de su mamá", que es el que usa desde que nació, añadió la abogada.

El Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de Rosario está integrado por los jueces Ricardo Dutto, Marcelo Molina y Sabina Sansarric.

Fuente: Los Andes 

Comentarios

Entradas populares de este blog

CAUSAS QUE ADMITEN SUPRIMIR EL APELLIDO PATERNO. DOS PRECEDENTES DE RELEVANCIA.

Por Fernando Millán. Revista de Derecho de Familia y de las Personas La Ley Junio de 2011. pág. 81.  SUMARIO: 1. Introducción. Los vínculos familiares. 2. Los fallos en comentario. Similitudes 3. Los justos motivos como concepto jurídico indeterminado. 4 Regla de interpretación en torno a la inmutabilidad del nombre. 5. Palabras de cierre.

Crédito por alimentos atrasados y pago con subrogación

Autor: Millán, Fernando Fecha: 17-jun-2011 Cita: MJ-DOC-5395-AR | MJD5395 Sumario: I. Introducción. II. Titular de la cuota alimentaria: el hijo. III. Titular del crédito por alimentos devengados no percibidos ¿El hijo? IV. Modificación de la naturaleza de los alimentos atrasados. V. Requisito para solicitar el cobro de alimentos devengados no percibidos. VI. Retroactividad de la cuota alimentaria. VII. Herramientas preventivas de cumplimiento de la prestación. VIII. Conclusiones.

RENTA COMPENSATORIA POR EL USO DE LA VIVIENDA

  RENTA COMPENSATORIA POR EL USO DE LA VIVIENDA SUMARIO: 1. Introducción. 2. Efectos de la atribución del uso de la vivienda familiar. 3. Similitudes y diferencias con el Derecho Español  4. Interés patrimonial vs. Interés familiar 5. Compensación y partición nociva. 6. Palabras de cierre. Revista de Actualidad Derecho de Familia. Nº 9. Ediciones Jurídicas. Eduardo Lecca. Pág. 137/151                                     Por Fernando Millán