FALLOS PLENARIOS - RECONVENCIÓN - SEPARACIÓN PERSONAL - DIVORCIO VINCULAR - CAUSALES SUBJETIVAS ¿Corresponde decretar la separación personal o el divorcio vincular por la causal prevista en los arts. 204 y 214, inc. 2° del Código Civil, cuando ésta no fue invocada expresamente en la demanda y en la reconvención y se rechazan las causales subjetivas -art. 202 del Código Civil- en las que los cónyuges sustentaron sus pretensiones? SUMARIOS 1.-No corresponde decretar la separación personal o el divorcio vincular por la causal prevista en los arts. 204 y 214, inc. 2° del Código Civil, cuando ésta no fue invocada expresamente en la demanda y en la reconvención y se rechazan las causales subjetivas -art. 202 del Código Civil- en las que los cónyuges sustentaron sus pretensiones.
Espacio destinado al conocimiento del Derecho de Familia, Derecho de las Personas y Bioética. A través de este espacio podrá acceder a información actualizada de actividad académica, proyectos de ley, reformas legislativas, artículos de doctrina y los fallos más relevantes. Contacto: drfernandomillan@gmail.com / 11.3226.0161